Arraigo social. Van a poder conseguir una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España a lo largo de un periodo mínimo de 3 años. Además de esto, deberá cumplir, de forma acumulativa, los próximos requisitos:
Arraigo laboral. Podrán obtener esta autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de 2 años, siempre y cuando carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen o bien en el país o bien países en que haya residido a lo largo de los últimos cinco años, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a 6 meses.
Arraigo familiar. Pueden obtenerla o bien el padre o la madre de un menor de nacionalidad española, toda vez que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales con respecto al mismo. O bien bien los hijos de padre o bien madre que hubieran sido originariamente españoles.
Se va a poder otorgar a las personas:
Se podrá entregar, con carácter potestativo, a quienes cooperen con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o bien judiciales en cuestiones ajenas a la lucha contra redes organizadas o cuando concurran razones de interés público o seguridad nacional que justifiquen la necesidad de autorizar su vivienda en España.
La mujer extranjera que denunciase una situación de violencia de género, va a poder pedir una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales desde el instante en que se hubiese dictado una orden de protección en su favor o, en su defecto, Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de rastros de violencia sexista. Dicha autorización no se resolverá hasta el momento en que concluya el procedimiento penal.
Sin perjuicio de lo precedente, la autoridad eficiente para conceder la autorización, concederá una autorización provisional de vivienda y trabajo a favor de la mujer extranjera.
Cuando el procedimiento penal concluyera con una sentencia condenatoria, se notificará a la interesada la concesión de la residencia temporal y de trabajo pedida. En el caso de que no se hubiere pedido, se le informará de la posibilidad de conceder en su favor una autorización de vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales, otorgándole un plazo para su solicitud.
En beneficio de la persona que sea víctima, perjudicado o bien testigo de tráfico ilegal de seres humanos, inmigración ilegal, explotación laboral, tráfico ilícito de mano de obra o de explotación en la prostitución y que esté colaborando con las Autoridades con relación a estos delitos, se va a poder pedir por parte de estas Autoridades una autorización de residencia y trabajo para ella.
Se va a poder pedir de oficio o bien a instancia de parte una autorización de residencia y trabajo para las personas que hayan sido víctimas de trata de seres humanos. Después de un proceso de identificación de la persona como víctima por la Autoridad policial se le podrá otorgar un período de reflexión a fin de que se decida a cooperar con las Autoridades.
Posteriormente la autoridad con la que la víctima estuviese colaborando podrá pedir la exención de responsabilidad por encontrarse en España en situación irregular y si esta es concedida, el/la demandante estará en condiciones de solicitar su autorización de residencia y trabajo.
A su vez, el procedimiento para regular su situación va a ser distinto en función de si ha nacido en España, en tal caso adquirirá la misma residencia que tenga su padre o bien su madre (en el instante del nacimiento o posteriormente) sin más requisitos que su pasaporte y la petición. O bien si no ha natural de España. abogados tramites extranjeria Si no ha natural de España va a ser requisito para su regularización la acreditación de una permanencia de un par de años, de que está escolarizado y de que sus progenitores disponen de una residencia suficiente y medios de tipo económico para su conservación.