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firecafe36

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SPOILER ALERT!

La Primera Visita Del Cliente Y Los Honorarios

La Primera Visita Del Cliente Y Los Honorarios

Uno de los problemas más recurrentes a los que se encara nuestro colectivo, y muy singularmente el de los jóvenes abogados que empiezan su andadura, radica en la complejidad de administrar adecuadamente el proceso de minutación, entendiéndose por tal, el proceso por el que el letrado informa por primera vez al cliente del servicio los honorarios que van a deber satisfacerse y concierta con éste la manera y tiempo de pago.

Esta complejidad viene abonada por múltiples razones que van desde la inexperiencia del profesional (absolutamente nadie nos ha enseñado a cobrar), la actitud de miedo mezclada con determinado rechazo por el propio usuario (lo que lo hace eludir tratar en un inicio sobre ese aspecto), y la preocupación del letrado que le induce a pensar que charlar de honorarios al principio de la relación puede ser contraproducente para la captación del cliente del servicio.

A mi juicio, informar en los primeros contactos sobre los honorarios y proceder a su inmediata gestión, es una decisión atinada que va a tener un enorme calado en el desenvolvimiento de la relación profesional. Partiendo de esta idea, vamos a dedicar esta colaboración a exponer el proceso que consideramos más adecuado para solucionar de forma eficaz una fase tan compleja.

Cuando el cliente visita el despacho por primera vez y, una vez expuesto su asunto, nos realiza el encargo, la cuestión de los honorarios debe comentarse bien por solicitud del cliente o bien, ante su silencio, por el propio letrado. En este segundo escenario (como es lógico más complejo), tendremos que indicarle, por lo menos, los siguientes aspectos:

1º.- Que es política del despacho, antes de iniciar con el caso, entregar al cliente una hoja de encargo en el que se incluirá el presupuesto de nuestros honorarios, con su correspondiente forma de pago;

2º.- Que le enviaremos dicho documento a la mayor brevedad (en veinticuatro horas), una vez estudiemos el expediente entregado.

3º.- Si está conforme con el presupuesto, deberá abonar, en su caso, la primera provisión solicitada y enviarnos la hoja de encargo firmada por correo electrónico, en tal caso, daremos por admitido exactamente el mismo (artículo diecisiete del Código Deontológico).

Una vez expuestas estas indicaciones, el cliente del servicio puede reaccionar de diferentes formas, conductas que vamos a analizar escuetamente para ofrecer el mejor consejo de de qué manera debemos actuar ante las mismas.

El cliente del servicio manifiesta que le semeja correcto el proceso y queda a la espera de recibir la hoja de encargo: en este caso, no existe nada que decir, salvo felicitarnos por haber superado esta fase de manera exitosa.

El usuario nos solicita que le adelantemos el precio aproximado de los honorarios: siendo entendible y legítimo que el cliente del servicio quiera conocer de forma inmediata lo que le costará el encargo, hemos de actuar con mucha cautela eludiendo indicarle cifra alguna, puesto que podríamos excedernos y que al usuario le parezca costoso y lo retire; del mismo modo, si el precio indicado es bajísimo, este quedará grabado en la mente del cliente del servicio, y será realmente difícil presupuestar por encima de ese techo.

Lógicamente, debemos explicarle que hasta el momento en que no estudiemos la documentación con reposo no podremos evaluar con acierto el importe de los honorarios, si bien procuraremos remitirle la información a la máxima brevedad. En estos casos es cuestión de transmitir seriedad; y en verdad, esta respuesta sienta las bases de una percepción profesional del abogado, que lejos de tener ya pensado el costo, lo estudiará con detalle para alcanzar una cifra justa y conveniente al trabajo demandado.

Si el cliente insiste, no queda otra que emplear la técnica del disco rayado

El cliente, con sorpresa, nos señala que pensaba que no cobraríamos hasta la resolución final del caso (favorable) o bien cuando concluyamos la labor encomendada: en estos supuestos, el usuario, bien por desconocimiento, bien por picardía (que de todo hay en la Viña del Señor), se planta con su demanda solamente escuchar sobre el tema de los honorarios. honorarios abogados extranjeria Aquí el letrado no debe desfallecer, sino que, afirmativamente, exponer al usuario el sistema de minutación que tuviese previsto para el asunto encomendado (honorarios fijos, iguala periódica, por horas), indicándole que el despacho no trabaja en estos casos a resultado. Sin embargo, si existe la posibilidad de convenir esta opción, se le señalará que se estudiará dicha posibilidad y, si es factible, se le ofrecerá una alternativa ajustada a sus necesidades (cuota litis pura o mixta), o incluso se va a poder explorar en el acto si el usuario puede efectuar pagos mensuales de escasa cuantía para liquidar los honorarios previstos.

El cliente nos anticipa que carece de recursos económicos hoy día y que pagará en el futuro cuando se arreglen dos asuntos pendientes: acá lo dejo a voluntad de cada uno de ellos, mas obviamente nos encontramos ante un mal inicio, pues si bien es de alabar la honestidad del cliente del servicio (frente a otras conductas que todos conocemos), lo apropiado, salvo el deseo de realizar un pro bono, es exponer al cliente que de este modo no podemos trabajar, pero que, en todo caso le remitiremos el presupuesto a fin de que lo estudie, estando el despacho abierto a facilitarle el pago de forma periódica ajustándonos a sus necesidades.

Para concluir, señalar que, como hemos visto, dotar al despacho y a sus integrantes de unas reglas claras sobre la determinación de los honoraros, no solo va a facilitar superar un trance las más veces complejo, sino que, a la vez, transmitirá al cliente formalidad y claridad, pues la transparencia en este campo es homónimo de profesionalidad.